sábado, 29 de febrero de 2020

Cómo calcular la pensión

Para calcular la pensión de jubilación hay que saber las bases de cotización, que se pueden consultar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con nuestro número de la Seguridad Social. El periodo de referencia es el de los 22 años anteriores al cese en el trabajo. Después, hay que actualizar las bases de cotización con el IPC, fácil gracias a una herramienta de la Web del INE. Una vez hecho esto, se suman todas las bases de cotización en los 22 años anteriores al hecho causante. A partir de ahí se calcula la base reguladora.

Desde el año 2022 la regla aplicable para el cálculo de la pensión de jubilación será la de los últimos 25 años de cotización. Estos 25 años serán la base reguladora de la pensión de jubilación. Las últimas 24 bases de cotización (correspondiente a los 2 últimos años) se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo durante todo ese período (hasta el mes 25 antes de la jubilación).

Desde 2013, la edad de jubilación en España irá aumentando gradualmente hasta colocarse desde los 65 años hasta los 67, aunque habrá posibilidades de jubilarse a los 65 siempre que se haya acumulado un periodo cotizado de al menos 38 años y 6 meses.

Para acceder al 100% de la jubilación a partir de 2020, el requisito será haber cotizado por lo menos 36 años. Y desde 2027, para alcanzar la pensión íntegra, habrá que cotizar 37 años. Podremos jubilarnos antes de los 67 años, pero no recibiremos el 100% de la jubilación que nos correspondería, y en este caso, nuestra jubilación dependerá del tiempo que hayamos cotizado. la ley establece unos porcentajes partiendo desde los 15 años cotizados, por los cuales se cobraría un 50% de la base reguladora.

En pocos años se pasará desde los 15 años que se valoraban antes a 25 años. En principio, el cálculo de 10 años más de cotización no favorece al trabajador. No obstante, y dado que en los últimos tiempos el mercado laboral es precario, y cada vez un hecho más generalizado que los trabajadores coticen en los últimos años por la base mínima.




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Pensiones

Después del Real Decreto Ley publicado el 14 de enero, en 2020 las pensiones han subido un 0,9% para casi 10 millones de contributivas y más de 450.000 no contributivas.

La pensión contributiva máxima es de 2.683,34 euros (37.556,76 euros al año, repartidos en 14 pagas).

La pensión mínima variará. Si el titular tiene 65 años o más y vive solo, será de 683,50 euros. Si tiene un cónyuge a su cargo, serán 843,32 euros. Y si tiene cónyuge, pero no a su cargo, cobrará 648,70 euros. Los menores de 65 años que tengan marido o mujer tendrán una pensión mínima de 790,90 euros. Si tienen cónyuge, pero no a su cargo, percibirán 604,40 euros. En el caso de vivir solos/as, la pensión mínima establecida es de 639,50 euros.

Los beneficiarios con 65 años o más que procedan de una invalidez y tengan cónyuge a su cargo cobrarán 1.265,10 euros. Si en la misma situación el cónyuge no está a su cargo, la pensión mínima será de 973,10 euros. Aquellos que vivan solos percibirán 1.025,30 euros.

Las pensiones de viudedad no estarán por debajo de las mínimas. La paga mínima para el titular con cargas familiares será de 790,70 euros. El beneficiario que tenga entre 60 y 64 años cobrará 639,50 euros.

En cuanto a pensiones de orfandad, si muere uno de los dos progenitores, cada huérfano cobrará 208,90 euros. El beneficiario menor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65% percibirá 411 euros si le falta uno de los progenitores.

La pensión en favor de familiares mínima queda en los 208,90 euros por persona. Cantidades diferentes son las que se recibirán si no existe viudo ni huérfano pensionistas; aquí se establece una pensión por beneficiario de 208,90 euros más el resultado de dividir 308,90 euros entre el número de perceptores. Si solo hay uno, la cuantía irá en función de su edad; en caso de tener menos de 65 años, cobrará 465,80 euros, y si tiene más recibirá 504,80 euros.




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jueves, 6 de febrero de 2020

Desistimiento del arrendatario en local de uso distinto de vivienda

La Ley de Arrendamientos Urbanos dice para las viviendas que el arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Para los usos distintos de viviendas no dice nada respecto al desistimiento. Más bien, deja plena libertad a los contratantes para establecer los pactos que consideren oportunos respecto a la duración del arrendamiento de local (a diferencia de lo que ocurre con la vivienda). Por esta libertad de pactos, los contratantes pueden acordar el plazo de duración del arrendamiento de local que decidan.
La sentencia del Tribunal Supremo de 16 mayo de 2017 (y otra de 3 de octubre de 2017) considera ya “doctrina de Sala” que en el contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda el arrendatario no dispone de un derecho de desistimiento –que sí tiene el de vivienda-, por lo que, salvo que se pactara entre las partes expresamente, no puede apartarse del contrato motu proprio sin que se considere incumplimiento contractual. No cabe analogía con el arrendamiento de vivienda al carecer de identidad de razón.

Cuando en el contrato de arrendamiento de local no se ha mencionado nada respecto del desistimiento ni tampoco de la indemnización por los perjuicios que se produzcan si el arrendatario deja el contrato antes del tiempo pactado, pueden ocurrir dos cosas:
a/ el arrendador puede resolver y pedir indemnización por daños y perjuicios.

b/ el arrendador puede exigir el cumplimiento del contrato en los términos pactados y, por tanto, pretender las rentas devengadas y las que se devenguen conforme se fije en el contrato, sin moderación.

Ello está basado en el art. 1124 del Código Civil. Esta sentencia confirma lo señalado ya en la STS 18 de marzo de 2016.
Existe también la posibilidad de acercarse al arrendador para averiguar si pueden negociarse nuevas condiciones del contrato (modificación de la duración, plazo de preaviso, prórrogas …).






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lunes, 3 de febrero de 2020

El castro de Villasvieja de Tamuja

A comienzos del siglo I a.C., la Península Ibérica estaba sacudida por la primera guerra civil romana que enfrentaba al rebelde general Sertorio con las tropas republicanas lideradas por Metelo y Pompeyo. Una de las legiones de ambos bandos en liza encontró en el castro de Villasviejas de Tamuja (Botija, Cáceres), un promontorio fortificado que había sido poblado al principio de la Segunda Edad del Hierro por una comunidad vettona, el lugar idóneo para establecer su base militar. Se registró una especie de fusión entre el asentamiento y la guarnición ocupacional, pero el sitio fue abandonado de forma precipitada poco tiempo después.



Analizando la distribución del oppidum para recabar pistas sobre el modo de vida de estas sociedades del oeste peninsular anteriores a la romanización, los arqueólogos del Proyecto MINARQ, impulsado por el Instituto de Arqueología de Mérida, han hallado los vestigios de los barracones y la estructura del campamento militar romano. El descubrimiento se ha registrado combinando una serie de técnicas innovadoras y no destructivas, sin necesidad de excavar el suelo, y que han permitido obtener una imagen fidedigna de la distribución y evolución del yacimiento.

"Los resultados muestran una planta bastante regular, con habitaciones en batería de 5x5 metros flanqueadas por calles. Pensamos que hay que interpretarlo como una arquitectura especializada, no residencial", explica Victorino Mayoral, director de los trabajos. Al ser Villasviejas un asentamiento estable —la primera ocupación humana se remonta al siglo IV a.C.—, la presencia de un contingente romano sugiere, según los expertos, que tuvo que haber algún tipo de pacto entre los soldados y las élites locales para incrustar el campamento dentro de la comunidad.




Estos datos recogidos gracias al empleo de métodos geofísicos —prospección con georradar, ondas geomagnéticas, tomografía eléctrica e inducción electromagnética—, que permiten radiografiar el suelo y ver qué se esconde debajo, sumados a las excavaciones en las tres necrópolis cercanas al yacimiento que realizó el equipo de la investigadora Francisca Hernández en los año 90 y que arrojaron el hallazgo de enterramientos tardorrepublicanos con atalajes de caballo, accesorios para la higiene de tipo itálico, espadas, escudos o armas, hacen que la presencia militar romana sea "casi una certeza". "Las excavaciones de la próxima campaña tienen que confirmarlo", dice Mayoral.

Urbanismo complejo
El Proyecto MINARQ (Arqueología de Mínima Invasión) pretende documentar en Villasviejas cómo era la distribución intramuros y la estructura defensiva de estos asentamientos de la Segunda Edad del Hierro, sobre los que no se conoce demasiado. Los vestigios del castro, de siete hectáreas, que estaba rodeado por una muralla defensiva y dividido en dos recintos —uno A, al norte, datado del siglo IV; y otro B, al sur, más tardío—, ofrecen unas condiciones ideales para recurrir a una metodología no invasiva gracias a su superficie plana y escasa forestación que presenta el terreno, empleado para el cultivo agrícola durante siglos.

Radiografiando el suelo con los métodos geofísicos y de teledetección, que explican, por ejemplo, por qué hay zonas de tierra que amarillean antes —este fenómeno indica que ahí debajo hay un muro y las raíces de las plantas no pueden penetrar tanto—, los expertos han podido construir un mapa del sitio con sus espacios construidos, habitaciones, patios cerrados y viales y espacios abiertos. Estos sensores actúan como unos ojos que pueden ver distintas cosas y que combinados vierten un análisis en conjunto.




"El paisaje urbano que dibujan estos métodos es muy complejo, está muy bien edificado. Se trata de una historia muy larga, de varios siglos de ocupación", señala Victorino Mayoral. Durante los dos años y medio de investigación se ha prospectado con estas tecnologías la mitad de la superficie de Villasviejas. "El precedente de las ciudades romanas son estos poblados, que surgen durante la conquista mezclando las imposiciones de los invasores con los intereses de las comunidades indígenas", añade el arqueólogo. Calculan que allí habitarían en torno a unas 2.000 personas.

Las diferencias entre la anatomía del recinto A, vertebrado en torno a una gran calle que se despliega desde la entrada principal y con una evolución a lo largo del tiempo hacia un espacio mucho más complejo, y el B también son llamativas. En esta zona sur, además del campamento romano, sobresale un edificio compacto, de planta cuadrangular, que comulga con los modelos tardorrepublicanos de la Península Ibérica que se utilizaban como almacén.



¿Tamusia?
Además de identificar la finalidad de los espacios —cuáles estaban destinados al culto y cuáles eran de carácter señorial, por ejemplo—, averiguar cómo fueron construidos y compararlos con otros yacimientos del entorno, una de las incógnitas que los investigadores deben desentrañar es la hipotética identificación de Villasviejas con la ceca de Tamusia, un centro de acuñación de moneda. Las fuentes históricas no refieren nada sobre este establecimiento numismático, pero sí la arqueología.

En concreto, se han hallado dos series de monedas en Villasviejas o en los alrededores: una con inscripciones celtibéricas y otra bilingüe que añade letras en latín. "Unos expertos piensan que es la soldada con la que se pagaba a las tropas y otros la retribución por explotar las minas de la zona", revela Mayoral sobre las distintas hipótesis, aunque recalca que este territorio de Lusitania y el mundo vettón no tenía una economía basada en el dinero. "Hasta el momento no se ha encontrado in situ ninguna evidencia de acuñación de moneda". El castro cacereño aún tiene muchos secretos que desvelar.

El fraude de Iruña Veleia

El año 2006 Eliseo Gil, entonces director del yacimiento romano de Iruña-Veleia, situado a unos diez kilómetros de Vitoria, anunció el descubrimiento de la representación más antigua conocida de la crucifixión de Jesucristo, piezas con jeroglíficos egipcios y, lo que era más sorprendente aún, unas inscripciones en euskera que encumbraban al sitio arqueológico del siglo III como la cuna de este idioma. Todo resultó ser un montaje, un falsificación.

Una comisión formada por 26 expertos en Historia Antigua o Filología desmontó, dos años más tarde, toda la supuesta excepcionalidad de los abundantes tesoros de un pequeño yacimiento que, según los embusteros, pretendía hacer sombra a las ruinas de Pompeya o a los colosales monumentos de Roma. Las camisetas con la consigna en euskera Ian Edan Lo —comer, beber dormir—, grabada en una de las piezas de cerámica desenterradas, se convirtieron en un éxito de venta entre los alaveses.

Once años después de la querella interpuesta por la Diputación de Álava, tanto Gil como dos de sus colaboradores se enfrentan a un juicio por la falsificación de los vestigios históricos. La Fiscalía pide para el exdirector de Iruña-Veleia un total de cinco años y medio de cárcel por un delito continuado sobre el patrimonio histórico y otro de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento privado, así como una multa de 7.200 euros. El ente provincial sube la petición a siete años y medio por sendos delitos continuados de daños y estafa.

En total, los acusados manipularon 476 piezas arqueológicas, la mayoría restos de cerámicas de los siglos III, IV y V, con unos grafitos que suscitaron las sospechas de los expertos a simple vista. Por ejemplo, la aparición de un símbolo de puntuación como la coma, que no se utilizó hasta la Edad Media; la referencia al dios romano Júpiter con J cuando en latín se escribía "Iupiter"; o el empleo de denominaciones mucho más tardías del emperador romano Augusto y la faraona Nefertiti, cuya existencia fue descubierta a principios del siglo XX. A pesar de estas incongruencias históricas, lo más sorprendente de todo fue el hallazgo del disparatado dibujo de un hombre crucificado, supuestamente Jesucristo, con la leyenda RIP —Requiescat in pace en latín, descansa en paz—. "Es imposible que un cristiano ponga RIP en un crucifijo, es contradictorio" señaló entonces una profesora de Epigrafía de la Universidad Autónoma de Madrid, la primera en manifestar su escepticismo. Martín Almagro, prehistoriador y miembro del gabinete de expertos, también mostró su incredulidad: "Decir que Cristo está muerto sería una herejía. Nunca he visto nada tan cómico en la historia del cristianismo". No solo hubiera sido esta la primera escena documentada del Calvario, sino también la prueba de que el cristianismo había enraizado en la zona del País Vasco muy pronto, casi al mismo tiempo que se expandía por el Levante mediterráneo y antes incluso de que el emperador Constantino la convirtiese en la religión oficial del Imperio romano. En cuanto a los grafitos en euskera en los fragmentos de cerámica, resultaban más de seis siglos anteriores a las primeras formas escritas de esta lengua conocidas hasta el momento. Los jeroglíficos los justificó Gil con la presencia de un egiptólogo que podría haber enseñado este sistema de signos a los niños.

Ante la envergadura de los descubrimientos y la relevancia internacional que adquirieron, la empresa del director del yacimiento, Lumen S. L., obtuvo un patrocinio de una sociedad pública vasca de 3,7 millones de euros, así como el resto de ayudas económicas brindadas por la Diputación de Álava. Cuando se descubrió la operación fraudulenta, Gil denunció ser víctima de "un linchamiento mediático".

En el escrito de acusación, la Fiscalía señala que Gil y sus colaboradores —Óscar Escribano, para quien también pide cinco años y medio de cárcel, y Rubén Cedrán, un falso físico nuclear para quien se reclaman dos años y seis meses— causaron "desperfectos" en el conjunto de las piezas arqueológicas para dotarlas de un "pretendido valor histórico-cultural-religioso que no tenían"; y las rayaron "a los efectos de realizar sobre ellas las supuestas inscripciones excepcionales, deteriorando de forma irreversible piezas tardo-romanas auténticas".

El Ministerio Público solicita también que Eliseo Gil y sus trabajadores indemnicen al Gobierno Vasco con un total de 285.600 euros por los daños causados en el patrimonio cultural —es decir, 600 euros por cada una de las 476 piezas manipuladas— y que los tres acusados abonen a partes iguales a la Diputación de Álava 12.490 euros en concepto de responsabilidad civil.

Óscar Escribano, colaborador de Eliseo Gil en la presunta estafa arqueológica de Iruña-Veleia (Álava), ha llegado a un acuerdo con la acusación, por el cual se reconoce como autor de un delito contra el patrimonio histórico, a cambio de una reducción de la pena que se solicitaba inicialmente contra él, que finalmente ha quedado fijada en un año de cárcel, por lo que al carecer de antecedentes penales, no deberá ingresar en prisión. Escribano ha reconocido que utilizó un punzón para alterar una de las piezas desenterradas entre 2005 y 2006 en el yacimiento arqueológico de Iruña Veleia, aunque asegura que solo se trató de "una broma". El acuerdo entre la Fiscalía y Escribano, que ha sido aceptado por la acusación particular que ejerce la Diputación Foral de Álava, ha sido anunciado al inicio de la vista oral por el “caso Iruña Veleia”, en la que se enjuicia la presunta falsificación de 476 piezas de entre los siglos III y VI desenterradas en el yacimiento alavés, con el fin de presentarlas como unos “hallazgos excepcionales”.

Los hechos investigados se produjeron entre 2005 y 2006 en el yacimiento de Iruña-Veleia (Álava), cuyas excavaciones dirigía el historiador Eliseo Gil, para el que trabajaba Escribano. Gil, al no haber llegado a un acuerdo con la acusación, se enfrenta a una petición de condena de cinco años y medio de prisión, al considerarle el Ministerio Público responsable de un delito continuado sobre el patrimonio histórico y de otro delito de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento privado.

El tercer acusado es Daniel Cerdán, para el que la Fiscalía pide una condena de dos años y medio de prisión por un delito de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento privado, al considerar que falsificó varios informes que avalaban la supuesta autenticidad de los hallazgos de Gil y Escribano.

Gracias a su acuerdo con la acusación, Escribano ha visto reducida de cinco años y medio a un año de cárcel la condena que inicialmente pedía la Fiscalía, que a cambio del reconocimiento de los hechos por parte del acusado, ha retirado su acusación por estafa y ha mantenido únicamente la de un delito contra el patrimonio histórico.

Al carecer de antecedentes penales y ser la condena inferior a los dos años, Escribano no deberá ingresar en prisión. Además, la multa inicialmente solicitaba para Escribano ha sido reducida de 7.300 a 2.190 euros. Por otra parte, este investigador deberá indemnizar al Gobierno Vasco con 300 euros por los daños causados en una de las piezas. La misma cantidad habrá de pagar a la Diputación de Álava, en este caso por los gastos de inversión en el yacimiento.

Durante la vista oral en la que se ha dado a conocer el acuerdo, Escribano ha difundido un comunicado de prensa en el que explica que utilizó un punzón para realizar una inscripción en una de las piezas desenterradas, pero que esto no fue "más que una broma". Además, a través de dicho comunicado, ha mostrado su satisfacción por el acuerdo alcanzado, de forma que se pueda poner "punto y final" a este proceso y, de esa forma, poder "seguir adelante" con su vida.

En el caso de Gil y Cerdán, al no haber llegado ninguno de ellos a un acuerdo con la acusación, el juicio continuará a partir de ahora contra ellos, en varias sesiones que se prolongarán, previsiblemente, a lo largo de diez jornadas. De hecho, a su llegada a los juzgados, Gil ha reiterado su inocencia en declaraciones a los medios de comunicación.