Antes de que se aprobara la Constitución de 1978 España tenía definidos legalmente su bandera, su escudo y su himno.
La Constitución modificó ligeramente la descripción de la bandera pero no se pronunció sobre los otros dos símbolos nacionales. Tras su aprobación escudo e himno siguieron siendo los mismos que antes, y con ellos se celebró la firma real y promulgación de la Carta Magna. Así, el escudo que ilustra el ejemplar de la Constitución donde firmaron el Rey, el presidente de las Cortes y demás autoridades es el representado con el águila de San Juan. Igualmente la música que solemnizó la entrada del Rey en el Parlamento fue el himno nacional vigente en tiempos de Franco.
Cuatro años después se cambió legalmente el diseño del escudo nacional. Entonces el del águila (símbolo heráldico concedido por el Papa a Isabel la Católica) dejó de ser oficial aunque hasta entonces había sido el constitucional (preconstitucional y postconstitucional).
También, años más tarde, se cambió el himno en algunos aspectos menores de su formato (aire, duración, etc.). Ahora bien, sobre este símbolo nacional nadie pleitea con cuál versión es preconstitucional o constitucional.
¿Por qué es calificado, con frecuencia, como presconstitucional (anterior a la Constitución) o incluso anticonstitucional (contrario a la Constitución) el escudo con el águila de San Juan si resulta ser el que está precisamente en el texto original de la Constitución de 1978?
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*Autora: Marta Santafé. Blogs46Consultora especialista en Medio Ambiente,
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