sábado, 30 de septiembre de 2023

La Virgen de la Merced en la Cartuja de Jerez

En la Cartuja de la Defensión, de Jerez de la Frontera, la Ermita de los Caminantes, entrando a la izquierda, muestra en su pared dos azulejos, uno dedicado a la Virgen de la Merced, patrona de la ciudad, y otro dedicado al Cristo de la Defensión. El primero se orla con escenas relativas a la historia de la imagen. 

Año 1268. FUE HALLADA ESTA SEÑORA EN UN HORNO DE COCER TEJAS Y LADRILLOS 

Año 1272. FUE ESTA SEÑORA PROCLAMADA POR PATRONA DE ESTA CIUDAD DE XEREZ 

Año 1300 y 1325. POR INTERCESIÓN DE ESTA SEÑORA SE GANÓ LA VICTORIA A LOS MOROS 

Año 1395. FUE CONDUCIDA POR ESTA Sra EN UNA NOCHE DESDE MURCIA UNA CARAVANA DE TRIGO


Año 1569. SANÓ ESTA SEÑORA A ESTA CIUDAD DE LA PESTE E HIZO  UN MILAGRO EN EL ARENAL 

Año 1569. SALIÓ ESTA SEÑORA EN PROCESIÓN POR SEQUEDAD A SU VISTA SE ELEVÓ BEATO JUAN PECADOR Y LLOVIÓ 

Año 1600. APESTADA ESTA CIUDAD SE ACORDÓ HACER ROGATIVA Y CONSIGUIÓ LA SALUD 

Año 1640. HACIÉNDOSE ROGATIVA A ESTA Sra POR EL PURGÓN FUE AHOGADO EN EL RÍO

Año 1698. POR SEQUEDAD DON DIEGO DÁVILA PIDIÓ SE HICIESE ROGATIVA A ESTA Sra Y LLOVIÓ

Año 1722. POR GRANDE SEQUEDAD FUE LLEVADA A LA COLEGIATA Y LLOVIÓ EN ABUNDANCIA

Año 1772. POR FALTA DE AGUA SE HIZO ROGATIVA A ESTA Sra Y VIÉNDOSE AVES BLANCAS SOBRE SU TEMPLO LLOVIÓ

Año 1807. POR FALTA DE AGUA SALIÓ EN PROCESIÓN ESTA SEÑORA Y LLOVIÓ EN ABUNDANCIA


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jueves, 21 de septiembre de 2023

¿Es compatible la pensión de viudedad?

 

La pensión de viudedad es una prestación económica de carácter vitalicio que concede la Seguridad Social a las personas que han tenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho del fallecido. Esta ayuda es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho. Por tanto, la pensión de viudedad sería también compatible con cualquier prestación que sustituya a las rentas de trabajo, como las prestaciones por desempleo, así como los subsidios de incapacidad temporal (IT), la prestación por nacimiento y cuidado del menor, el subsidio por riesgo durante el embarazo y el subsidio por lactancia.

Aunque se reconoce expresamente la compatibilidad de la pensión de viudedad con la pensión de jubilación del nivel contributivo, existe un límite al respecto. En 2023, la cantidad máxima que se puede cobrar de las pensiones es 3.058,81 euros mensuales (42.823,34 euros anuales) en cada ejercicio.

Incompatibilidades entre ambas pensiones

La pensión de viudedad es incompatible con las prestaciones asistenciales o no contributivas, como la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de incapacidad. Esto se debe a que para poder acceder a las pensiones no contributivas es imprescindible carecer de rentas, por lo que si se es beneficiario de la pensión de viudedad con el complemento a mínimos no será posible acceder a la pensión no contributiva.

A pesar de que las pensiones de viudedad del sistema son compatibles con las pensiones del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez), éstas lo serán hasta cierta cuantía. La suma de las prestaciones de jubilación y viudedad no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años. En el caso de superarse dicho límite se minorará la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado.

Consecuencias en la Declaración de la Renta

La persona que perciba ambas pensiones a la vez, a efectos de la declaración de la Renta, se considerará que tiene dos pagadores.

Al tener dos o más pagadores, deberán presentar la declaración de la Renta aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo (siendo inferiores a 22.000 euros) superen los 15.000 euros anuales y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales".