miércoles, 31 de enero de 2018

El PIB de 2017 creció un 3'1%

La economía española creció un 3,1% en 2017, dos décimas menos que en 2016, según el avance de datos de la Contabilidad Nacional Trimestral publicado el 30 de enero por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El PIB encadena así cuatro años al alza y tres años consecutivos creciendo por encima del 3%. En 2016, el PIB aumentó un 3,3%; en 2015, un 3,4%, y en 2014, un 1,4%. En todo caso, suma 17 trimestres seguidos en positivo.

En el último informe trimestral de la economía española del Banco de España, se establecía que la estabilidad del ritmo de crecimiento había sido consecuencia de «dos fuerzas que operan en sentidos opuestos». «El fortalecimiento de los mercados de exportación habría contrarrestado los efectos adversos derivados del aumento de la incertidumbre por la situación política en Cataluña, que se habrían concentrado especialmente en esa comunidad autónoma», exponía la entidad central. Estos efectos adversos se habrían dejado notar en los indicadores de gasto privado interno y de turismo extranjero, «lo que podría llevar a esta comunidad autónoma a registrar un ritmo de avance de la actividad inferior, en el tramo final del año, al del conjunto de la economía española». Esto, subrayan, contrastaría con el mayor dinamismo de la economía catalana en trimestres precedentes.

A medio plazo, el Banco de España espera una continuación de la fase expansiva, favorecida por los avances observados en el proceso de reconducción de los desequilibrios de la economía, si bien se prevé que el crecimiento del PIB pierda cierta intensidad en los próximos años. En concreto, calcula un avance del PIB del 2,4% en 2018 y del 2,1% tanto en 2019 como en 2020.

jueves, 25 de enero de 2018

Bajada del paro en 2017

España se encamina poco a poco a alcanzar los niveles de paro previos a la crisis. El número de desempleados bajó en 471.100 personas en 2017, hasta una tasa del 16,55%, que no se registraba en España desde 2008. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INEA), en España se crearon 490.300 empleos en 2017, con un total de 18.998.400 afiliados y un crecimiento anual del 2,65% que encadena ya cuatro años seguidos de creación de puestos de trabajo.

Pese a los buenos datos de cierre del año, en el cuarto trimeste de 2017, el número de desempleados subió en 34.900 personas con un porcentaje de desempleo 16 centésimas mayor que en el trimestre anterior. Sin embargo, en el conjunto del año, esta tasa ha descendido en 2,09 puntos.

Durante 2017, el paro disminuyó en todos los sectores, empezando por los servicios (64.200 desempleados menos), la construcción (23.600) y la agricultura (18.600), mientras que la industria se mantuvo casi plana (200 más). No obstante, el principal descenso del desempleo se dio entre los parados de larga duración (334.400), al tiempo que también se redujo el de aquellos que buscaban su primera oportunidad laboral (30.500).

En función del sexo, el descenso del paro fue mayor entre los hombres (274.400 menos) que entre las mujeres (196.700 menos), lo que dejó un mayor número de féminas desempleadas (126.000 más), acorde con su mayor tasa de paro (18,35%), casi cuatro puntos superior a la masculina.

El paro entre los jóvenes de 16 a 24 años bajó en 55.700 personas en el último trimestre, lo que deja la cifra total de parados en esta franja de edad en 558.200 frente a los 613.900 de finales de 2016. Así, la tasa de desempleados hasta 25 años terminó el año en el 37,46%, lo que supone un ligero ascenso frente al tercer trimestre, cuando se quedó en el 35,97%, pero cinco puntos menos que al finalizar 2016 cuando era del 42,92%.

En cuanto a la ocupación, el empleo aumentó durante 2017 en todos los sectores, pero principalmente en los servicios (289.700 personas más), seguido por la industria (132.200), la construcción (64.300) y la agricultura (4.000). El número de autónomos disminuyó en 45.400 personas (hasta los 3 millones), debido a la desaparición de casi 100.000 empleados sin asalariados o trabajadores independientes, ya que los empleadores aumentaron en 62.800.

Además, el número de asalariados se incrementó en 537.100 personas, sobre todo con contrato indefinido (357.900 más) y, en menor medida, por los temporales (179.200 más), lo que dejó la tasa de temporalidad al 26,71%

La ocupación en el sector público aumentó en 12.700 personas en el último trimestre del año, mientras que en el sector privado se redujo en 63.500. En el último año, el empleo se incrementó en 401.600 personas en el sector privado y en 88.600 en el público.

El número de ocupados aumentó en mayor medida que se recortó el de desempleados debido a que la población activa (ciudadanos que trabajan o buscan empleo) aumentó en 19.100 personas durante 2017, hasta alcanzar los 22.765.000 españoles. Así, la tasa de actividad bajó hasta el 58,8 %, la más baja desde 2005.

En términos relativos, las comunidades con mayor aumento trimestral del empleo son La Rioja (2,06%), Canarias (1,95%) y País Vasco (1,19%). Y, por el contrario, los mayores descensos se observaron en Islas Baleares (-11,18%), Principado de Asturias (2,39%) y Castilla y León (-2,12%).

En términos relativos, las comunidades con los mayores aumentos anuales del empleo son Canarias (5,51%), Andalucía (4,44%) y Castilla-La Mancha (3,76%). En cambio, Principado de Asturias (1,36%), Cantabria (-1,35%) y Castilla y León (-0,73%) aportan los mayores descensos. Las mayores bajadas del paro este trimestre se dan en Andalucía (-45.000 parados), Comunitat Valenciana (17.200) y País Vasco (-10.000). Los mayores incrementos se producen en Comunidad de Madrid (51.800 parados más), Castilla-La Mancha (15.500) e Islas Baleares (15.400).

En variación anual, el paro baja en casi todas las comunidades. Los mayores descensos se dan en Andalucía (-159.700), Cataluña (-79.200) y Comunitat Valenciana (-57.400). Comunidad Foral de Navarra (9,63%), País Vasco (10,57%) y Aragón (11,37%) registran las tasas de paro más bajas este trimestre. En el extremo opuesto, Extremadura (25,12%), Andalucía (24,43%) y Canarias (22,04%) presentan las más elevadas.

Navarra contabilizó la tasa de paro más baja (9,63%) y Extremadura, la más alta (25,12%).

En comparativa anual, el número de hogares con al menos un activo en los que todos están en paro se ha reducido en 177.200, mientras que los que tienen a todos sus miembros ocupados ha crecido en 331.300.



martes, 9 de enero de 2018

La Falange del Uro

En la cueva de La Garma (Cantabria) apareció el 20 de noviembre de 2003 una falange de uro grabada, muy bien conservada. Es una de las mas notables incorporaciones de los ultimos años al importante catalogo del arte portatil cantabrico.



Estaba en la zona del vestibulo original de la cueva, una sala alargada de unos 70 m de longitud por una anchura media de unos 7 m, en gran parte de cuya superficie hay millares de restos de fauna e industria. En ambas paredes y en algunos diverticulos laterales hay numerosas manifestaciones de arte parietal, parte de ellas aparentemente coetaneas de los suelos. También hay indicios de compartimentacion del espacio durante el Magdaleniense. El mas evidente es una estructura de piedra de forma subcircular (285 × 254 cm), localizada a unos 40 m de la entrada, junto a la pared izquierda, probablemente el basamento de una cabana de pieles o materia vegetal. Es aqui donde se descubrio, la pieza, que estaba semienterrada junto a uno de los bloques de la estructura de piedra.

La pieza pertenece a la extremidad posterior derecha y es una primera falange interna, con una longitud maxima de 83,19 mm, una anchura de 36,49 mm, y un espesor de 43,79 mm. y en la diafisis se observan tres representaciones grabadas:



una figura de uro macho. Ocupa la mayor parte del campo. El animal se representa transversalmente al eje del hueso, en disposicion envolvente en torno a la curvatura de la diafisis. La cabeza, en una posicion alta, presenta un perfil fronto-nasal recto. La cornamenta se ha representado de perfil, incurvada hacia abajo. El cuello es bastante largo. Las patas delanteras se representan abiertas, con la izquierda ligeramente adelantada. El vientre se representa por medio de una linea recta. Por último, el tren posterior y el rabo son objeto de una ejecucion mas descuidada. El uro muestra una gran riqueza de convenciones de representacion. La mas llamativa es el desdoblamiento en el tronco y la cabeza de la linea de contorno, lo cual, unido al rebajamiento de la superfi cie del interior del animal y de la parte exterior del trazo, convierte la linea perimetral en un cordon que contribuye a dar sensacion de volumen. Contribuye a reforzar la sensacion de relieve una serie de trazos cortos oblicuos tratando de sugerir el pelo. El uro es un motivo poco frecuente en la iconografía paleolitica, tanto en el arte mueble como en el parietal, la sexta en frecuencia en el arte rupestre, con el 5,7% de las representaciones. La representacion de este tema se reduce notablemente en el Magdaleniense, cuando coincide su rareza en el registro arqueozoologico y en el iconografico. La representación de un animal sobre un hueso de su misma especie en una suerte de sinecdoque simbolica, práctica relativamente frecuente en el Magdaleniense.

un signo sagitaforme (en forma de flecha). El sagitaforme se situa en la parte trasera del flanco del uro, en el sector donde no se ha representado el pelaje. El signo consta de una linea recta de 11 mm de longitud que va desde el contorno del uro, en la zona inguinal, hasta cerca del centro del flanco. El sagitaforme tiene buenos paralelos en la iconografia magdaleniense, aunque más en el arte rupestre que en el mobiliar. La localizacion de este signo sobre el fl anco de un animal frecuentemente ha sido interpretada como representacion de venablo clavado, si bien otras perspectivas sugieren interpretaciones alternativas. En cualquier caso, no es frecuente que estos signos se asocien a representaciones de uros.

una representacion más esquematica, que podria interpretarse como un antropomorfo. Se situa en el extremo inferior derecho del campo decorativo, ante el ángulo que forman el tren delantero y el pecho del uro. El motivo grabado, de pequeno tamano, se delimita por un contorno semioval, complementado en la parte inferior por un angulo agudo. En el interior se han grabado dos puntos yuxtapuestos. Parece probable que nos hallemos ante una representacion esquematizada de una cabeza humana de frente, tal vez con barba. La representación situada ante el uro sugiere una cabeza humana. El alargamiento en forma triangular de la parte inferior podria ser una representacion de la barba, un rasgo presente en muchas figuras humanas del arte mueble magdaleniense.

Probablemente la primera representación que se ejecutó fue el uro; es segura su precedencia respecto al sagitaforme, y probable respecto al antropomorfo. Es imposible determinar el orden en el caso de estos dos últimos.

El hueso presenta una perforacion axial, que se realizo por rotacion, desde las dos partes del hueso, con un perforador con una punta despejada que penetro unos 3-4 mm en la estructura osea de la falange hasta llegar a su cavidad medular. Los diámetros externos miden alrededor de 8 mm, mientras que los internos son de 3 mm; ambos casi se encuentran a la misma altura. Su estrechez podrian indicar que se utilizo un cordel muy fino y que la pieza apenas se movia cuando estaba en suspension. Todo apunta a que la falange estuviera cosida o atada a algo, con la cara palmar hacia dentro, de manera que la mayor parte de la representacion del uro y los otros dos motivos eran visibles.



La falange es una obra paradigmática del Magdaleniense. El tipo de grabado multiple utilizado para dibujar el uro es muy frecuente en las obras de arte mueble de este periodo. Si se acepta la interpretacion del motivo antropomorfo, la falange se incluiria en el conjunto, nutrido, de objetos de arte mobiliar en los que se representan dos especies diferentes -asociacion heterogenerica. No obstante, la combinacion uro/hombre es rara. Muy caracteristica del arte mobiliar del Magdaleniense Medio es la disposicion envolvente sobre un soporte curvo de la fi gura principal, perspectiva pericilindrica. La mas original de estas tecnicas es la duplicacion de la linea, de la cual no se encuentran apenas ejemplos en el arte paleolitico. Entre las tecnicas que contribuyen a dotar de profundidad, la mas evidente es la representacion del tren delantero, en el que, al adelantarse ligeramente la pata izquierda, se consigue una gran sensación de profundidad al superponerse tres planos, los de las dos patas separados por el de la badana del animal. Esta tecnica es muy habitual en el arte magdaleniense.

El cuerno gira hacia adelante y hacia abajo. Esta forma, frecuente en la iconografia paleolitica, no existia en la naturaleza. Por ello, la convencion podria ser un intento de resolver un dificil problema de perspectiva. La preocupacion por la perspectiva contrasta con la frontalidad de la representacion del ojo, rasgo muy frecuente en el arte paleolitico. Tampoco se corresponde con la realidad anatomica la situacion de la oreja, dibujada detras de los cuernos, en lugar de debajo. Se ha primado la visibilidad del motivo sobre la correccion de la perspectiva.

En la representacion del pelaje, son frecuentes en el arte paleolitico los trazos oblicuos del contorno y las lineas largas que surcan la cara.

Por ultimo, el grado de precision de los detalles del animal esta en relacion con su visibilidad. La parte mas descuidada (los cuartos traseros y la cola) coincide con la cara palmar de la falange, la cual, segun la utilizacion de la pieza expuesta anterior-mente, no seria visible. El antropomorfo y el sagitaforme estan realizados de una forma mas sumaria.

La pieza forma parte de la concentracion de restos superfi ciales mas amplia del tramo inicial de la cavidad, varios cientos de metros cuadrados, en la cual predominan los huesos de animales cazados. Estamos ante una gran area de habitación. Objetos de arte mueble localizados revelan, con una considerable unidad de estilo, el desarrollo de actividades no directamente ligadas a la subsistencia: varios bastones perforados y tres objetos de arte portatil: la falange, una costilla decorada con motivos geometricos y un propulsor esculpido en forma de pata de artiodactilo. Los materiales observables en superfi cie serian coetaneos, atribuibles al Magdaleniense Medio, aproximadamente entre 15000 y 14500 cal BC. La funcion de la estructura de piedra a la que se asocia la falange es de lugar de hábitat, como basamento de una cabana levantada con materiales perecederos, para area de descanso.


Pablo Arias Cabal y otros
Instituto Internacional de Investigaciones Prehistoricas de Cantabria
Santander


domingo, 7 de enero de 2018

El paro en 2017

El año 2017 cierra con el menor número de parados desde diciembre de 2008 y con el aumento más fuerte de ocupados desde diciembre de 2005. Se trata del quinto descenso anual consecutivo.

El paro se ha reducido en 2017 en 290.193 personas respecto a 2016, lo que deja el número total de parados en 3.412.781, la cifra más baja registrada a cierre de año desde 2008.

Por su parte, la afiliación a la Seguridad Social ha aumentado en 611.146 ocupados en el año, la cifra más alta desde 2005. Esto deja la cifra global en 18.460.201 de cotizantes ocupados.

El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) se situó al finalizar diciembre de 2017 en 3,41 millones de personas, tras bajar en 290.193 desempleados en el conjunto del año (-7,84%), su quinto descenso anual consecutivo, aunque por debajo del descenso registrado en 2015 y 2016, informó este miércoles el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

En concreto, el volumen total de parados alcanzó a cierre del pasado año la cifra de 3.412.781 desempleados y se sitúa en el nivel más bajo de los últimos ocho años en un mes de diciembre.

En concreto, el número de parados registrados bajó en diciembre en 61.500 personas en relación con el mes anterior. En los últimos ocho años el paro había aumentado de media en 40.922 personas.

La bajada del desempleo en 2017 es la quinta consecutiva tras la de 2013, 2014, 2015 y 2016, cuando el paro cayó en 147.000, 253.000 y 354.203 y 390.534 personas, y contrasta con las subidas experimentadas en el periodo 2007-2012. En 2012, 2011 y 2010, el paro aumentó en 426.364, 322.286 y 176.470 personas, respectivamente, mientras que en 2007, 2008 y 2009 las listas de las oficinas públicas de empleo sumaron 106.674, 999.416 y 794.640 parados más.

De esta forma, el rirmo de reducción anual del paro se ha situado en 2017 en el 7,84%. Desde los máximos registrados en febrero de 2013, el paro se ha reducido en 1.627.441 personas.

A esa cifra de 3,41 millones de desempleados con la que se cerró el año se ha llegado después de que el paro experimentara una caída de 61.500 desempleados en diciembre, un mes caracterizado por las contrataciones en la campaña de Navidad.

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha destacado los buenos datos de paro y afiliación a la Seguridad Social registrados en el último año y ha asegurado que 2017 ha sido " el mejor año para el empleo de la serie histórica en términos homogéneos". En su perfil oficial de Twitter, la titular del Ministerio ha destacado que en el último año se han creado más de 610.000 empleos (611.146), un 13% más que los que se crearon a lo largo del ejercicio anterior.





jueves, 21 de diciembre de 2017

El día más corto del año

Hoy es 21 de diciembre, día del solsticio de invierno y empieza esta estación, que durará 89 días.

Hoy es el día con menos horas de luz del año. En Madrid el 21 de diciembre tendrá 9 horas de luz, mientras que el día más largo tuvo 15 horas (15 + 9 = 24 horas del día).

Hay seis horas de diferencia entre el día más corto y el más largo. Esta diferencia es nula en el Ecuador y máxima (24 horas) en la zona polar. Ahora en el Polo Norte es de noche durante las 24 horas y, por contra, en la Antártida se da el fenómeno del "Sol de medianoche", pues allí el Sol es visible por encima del horizonte durante las 24 horas del día.

Ahora bien, debido a que la órbita de la Tierra alrededor del Sol no es circular sino elíptica y a que un reloj solar y nuestros relojes, basados en un Sol ficticio, están desajustados, no hay coincidencia entre el día con menos horas de luz y el día en que el Sol sale más tarde y se pone más temprano. El día en que el Sol saldrá más tarde será el 4 de enero mientras que el día en que el Sol se pone más pronto fue el 8 de diciembre.








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lunes, 18 de diciembre de 2017

Lotería e impuestos

Ya pasó el tiempo en que Hacienda no se llevaba nada por los premios de la Lotería de Navidad. La ley 16/2012 somete a tributación, con un gravamen especial del 20%, las remuneraciones de los sorteos celebrados a partir del 1 de enero del 2013.

Los premios de importe igual o inferior a 2.500 euros por décimo (no por persona) no tributarán. En cambio, los premios superiores a 2.500 euros sí tributan y deberán cobrarse en cualquier sucursal de las entidades financieras colaboradoras. La entidad pagadora le retendrá al jugador automáticamente el 20% perteneciente a Hacienda en el momento de efectuar el pago y lo liquidará a la Agencia Tributaria en nombre del ganador.

Estos premios no se tienen que incluir en el IRPF, por lo que no se pagará más en la declaración de la renta aunque se haya ganado una cantidad considerable; tampoco se tienen en cuenta para establecer los mínimos a la hora de solicitar ayudas públicas, como becas u otras prestaciones sociales. El agraciado únicamente deberá rendir cuentas a Hacienda en el caso de que invierta la totalidad o parte del premio y éste le genere algún tipo de rendimiento. Por ejemplo, si un jugador resulta afortunado el 22 de diciembre y este premio le aumenta tanto su patrimonio que supera los 700.000 euros, entonces sí deberá declararlo en el impuesto de patrimonio.

Si el agraciado no es residente en España, el boleto tributará un 20% pero no por vía de retención sino que el cobrador deberá rellenar un impreso en la misma entidad colaboradora.

Si al jugador le tocase el gordo de Navidad, que otorga un premio de 400.000 euros al décimo, los primeros 2.500 euros quedarían exentos de tributación. En el momento del cobro, la entidad financiera colaboradora le retendría un 20% sobre los 397.500 euros restantes, lo que suponen 79.500 euros de retención, y le pagaría el resto. Es decir, que el premio real que le toca a un jugador que gana el gordo tras descontar la parte perteneciente a Hacienda no son los 400.000 euros, sino 320.500 euros.

Por su parte, un jugador agraciado con el segundo premio recibiría 100.500 euros tras la retención de impuestos. Si fuese un tercer premio, 40.500 euros; un cuarto premio, 16.500 euros; y un quinto premio, 5.300 euros al décimo. En caso de ser agraciado con premios menores, como la pedrea o los reintegros, el importe del premio no tendría retención alguna puesto que no supera los 2.500 euros establecidos como máximo de exención.

En el caso de premios con titularidad compartida, pues son varios los agraciados, el importe exento de hasta 2.500 euros se reparte entre los premiados en función de la cuota que les corresponda y se aplica el 20% de retención al premio restante.

En principio, el único agraciado es aquella persona que cobra el premio, excepto si en ese momento se especifica claramente la identidad de todos los afortunados. Si el ganador decide cobrar él solo el premio y después repartirlo entre familia o amigos, lo que está haciendo es una donación, y entonces entra en juego el impuesto de sucesiones y donaciones. En este caso, el donatario, la persona que recibe la donación, es el encargado de declararlo en este impuesto, que sigue la normativa que rija en su comunidad autónoma de residencia.

Por tanto, si se ha decidido compartir un décimo, los aconsejable es que, al cobrar el premio a través del banco, se identifique a todas las personas que van a recibir alguna parte, de manera que la entidad pueda informar a Hacienda de todos los ganadores y se pueda evitar el pago del tributo de donaciones, que en algunas comunidades autónomas es de un importe considerable.

En el caso de que toque el premio a una empresa, asociación o cualquier otra forma jurídica de sociedad, su dinero se verá afectado por el impuesto de sociedades, por lo que se le retirará un porcentaje distinto en función del tipo impositivo que tenga esta entidad jurídica. Los contribuyentes del impuesto sobre sociedades que obtengan un premio sujeto al gravamen especial deberán incluir su cuantía en su base imponible de dicho impuesto, del cual se descontará la retención aplicada en el momento del cobro.





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martes, 21 de noviembre de 2017

El Vaso de los Guerreros

El Vaso de los Guerreros, obra cumbre del arte íbero, sigue guardando secretos, pero las últimas investigaciones arrojan más luz sobre el origen y significado de una obra excepcional, datada entre los siglos III y II antes de Cristo. Representa para la pintura de los íberos lo que la Dama de Elche supone para su escultura. Desde su descubrimiento en el paraje del Tossal de Sant Miquel, situado a 30 kilómetros de Valencia, pertenece a su Museo de Prehistoria. Tiene 43 centímetros de altura y 52 de boca.



El friso continuo pintado sobre una gran vasija representa a seis jinetes y dos infantes, armados con falcatas (la espada de hoja curva que usaban los íberos) y lanzas, que persiguen a otros cuatro guerreros, los cuales parecen huir a pie sin dejar de mirar hacia atrás con gesto de entendible preocupación mientras se protegen con escudos. Los motivos pintados alrededor de los personajes, fundamentalmente hojas y flores, ilustran un escenario al aire libre.

Persiste el enigma de si trata de la reconstrucción de una batalla o de un enfrentamiento meramente ritual. Los arqueólogos consideran, en todo caso, que refleja algunos de los valores, como la guerra y la violencia, de las élites de Edeta, la antigua ciudad ibérica ubicada en la actual Llíria, donde fue hallado en el año 1934.

Las armas tenían un valor social que se pierde en otros momentos históricos. Hoy la gente no se suele hacer enterrar con un arma. En aquellos momentos sí; también se mostraban con ellas.

El enorme vaso seguramente nunca se utilizó para comer, pero es posible que sí para beber en el contexto de un rito social de celebración, como un cambio de estación o la entrada en la edad adulta de un miembro de la aristocracia edetana.



La obra fue hallada en los restos de un edificio que inicialmente se consideró una construcción anodina de Edeta y ahora es visto como un inmueble excepcional, probablemente un templo, a cuyo pozo votivo se lanzaron, antes de sellarlo, éste y otra decena de vasos con pinturas extraordinarias, copas, platos y una figura de terracota que parece representar a un ancestro. Todos son objetos propios de un gran banquete de celebración que quizá se extendió hasta el alba de la noche más larga del año. Como los demás vasos hallados en el pozo ritual de Edeta, el de los guerreros tuvo que ser recompuesto, ya que se rompió en pedazos probablemente al ser lanzado al pozo por sus dueños durante la celebración.

En el Vaso de los Guerreros dos de los atacantes empuñan las espadas con la mano izquierda. Puede responder a que estemos ante una muestra de alarde y destreza en el uso de las armas. Los jinetes montan a la amazona, en vez de a horcajadas. Para algunos investigadores es un recurso pictórico, una forma de no cortar las piernas, pero puede pensarse también en una exhibición de habilidad.

No hay pruebas de que el autor del Vaso se prodigara mucho pero la misma persona o sus discípulos crearon otros de los recipientes hallados en el pozo. Los nombres propios que figuran en algunos vasos, junto a fórmulas escritas que se asocian con las expresiones "encargar" o "mandar hacer" llevan a deducir que se trataba de regalos.

La calidad artística del Vaso de los Guerreros supera la de cualquier otra cerámica indígena del Mediterráneo occidental. La ejecución alfarera tiene un tamaño excepcional y apenas tres milímetros de espesor. Como calidad artística, detalle, secuencia y plástica de la decoración no hay nada parangonable a esta pieza.

También es un misterio qué sucedió con Edeta, una de las principales ciudades-estado ibéricas, cuyos dominios se extendían desde el río Mijares, en Castellón, hasta el Júcar, en Valencia. El análisis arqueológico apunta a que fue destruida, quizá por soldados romanos, a principios del siglo II antes de Cristo, puede que una o dos generaciones después de que el Vaso de los guerreros fuera creado. Sabemos que fue un episodio violento porque las cosas se dejaron allí sin recuperar; es decir, que no fue un abandono planificado. En otros casos vemos que la gente se ha mudado, aquí no.









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Plusvalía tras herencia

El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal) viene regulado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que los ayuntamientos tengan competencia para el desarrollo normativo de la misma.

El artículo 104 señala que dicho tributo grava el incremento de valor que experimenten los terrenos objeto de transmisión, y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce. No afecta a los terrenos calificados como rústicos a efectos del impuesto de bienes inmuebles (IBI).

Cuando se abre la sucesión por fallecimiento de una persona se produce una transmisión patrimonial a los herederos del causante. Aunque no sea una transmisión onerosa, la plusvalía municipal ha de ser abonada cuando el bien inmueble experimente un verdadero incremento de valor.

El artículo 109 determina que la fecha de devengo del tributo tendrá lugar cuando se transmita la propiedad del terreno por causa de fallecimiento. La declaración del impuesto debe presentarse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha del devengo, esto es, desde la fecha del fallecimiento. Hay posibilidad de prorrogar hasta un año dicho pago a instancias del contribuyente.

El periodo previsto para presentar la correspondiente liquidación del impuesto puede prescribir. La prescripción se produce cuando transcurren cuatro años desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo para presentar la correspondiente liquidación, esto es, cuatro años y seis meses para el caso de fallecimiento. Es decir, si no se ha procedido a presentar la liquidación en el plazo de cuatro años y seis meses a contar desde el fallecimiento el deber de pago del impuesto se ve prescrito.






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jueves, 2 de noviembre de 2017

The way I normally dress

1.- I have never paid much attention to dressing. I have not been trendy although I have not been scruffy. I really liked wearing short-sleeved tight T-shirts, which were plain or more usually with a drawing on the chest. Blue jeans are a garment that I always use. I like wearing trainers and when I put on a pair of leather shoes I do not usually change them in a long time. The first time I wore a tie was my wedding day, with a custom-made suit; the next day I gave it to my father, who used it until the deterioration or worsening.

2.- Once I decided to eat at a luxury restaurant and chose "Jockey", a five-fork restaurant that was considered one of the best in Madrid. I went, as usual, without a tie although I wore a jacket and pants suit and a gypsy neck scarf, which had white polka dots on a blue background. At the entrance the doorman stopped me and called the maitre, who said that I could not pass without a tie. I told him I did not have it and he offered me one of several that he took out of a closet. I refused to put on a tie that was not mine and suggested that I could knot my scarf in the shape of a tie. He hesitated for a moment and finally accepted. So, I entered with my neck scarf knotted in the form of a tie and enjoyed the food, but I noticed that the customers from other tables looked at me now and then.

3.- At home I am not very skilled when choosing different garments that match each other. When I put on a shirt my wife is always behind me with another shirt that goes better with the jacket and suits me much more. This is something that I do not care about; I am used to it.

4.- I have said that I have never paid much attention to dressing. However, my father always told me that the way of dressing helps to define the personality. He advised me to dress smart, because it is nice that a stylish person is identified by other ones simply by being seen at the back. The truth is that, as I am getting older, I'm losing the fear of buying suits, but certainly in my wardrobe there are several suits that I only wear once a year, at the most.









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viernes, 27 de octubre de 2017

Documentos referidos a la aplicación del artículo 155 a Cataluña

Notificación de Rajoy a Puigdemont (11 de octubre de 2017).

Notificación de Rajoy a Puigdemont

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Carta de Puigdemont a Rajoy (16 de octubre de 2017).

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Segundo requerimiento de Rajoy a Puigdemont (16 de octubre de 2017).

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Segunda carta de Puigdemont a Rajoy (19 de octubre de 2017).

Segunda carta de Puigdemont a Rajoy

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Propuesta gubernamental de medidas al Senado.

Medidas propuestas por el Gobierno

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Acuerdo del Pleno del Senado aprobando las medidas requeridas por el Gobierno.

Acuerdo del Senado aprobando ...

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miércoles, 25 de octubre de 2017

Trámites en una herencia

Afrontar una sucesión hereditaria suele implicar tramitaciones administrativas en las que no solemos estar familiarizados. Vamos a ver seis pasos de trámites legales que hay seguir cuando uno se convierte en heredero.

Paso 1. Obtención de certificaciones

- Certificado de defunción. Lo puede solicitar cualquier persona acudiendo personalmente al Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento, existiendo varias modalidades (literal, extracto, ordinario o bilingüe, Internacional o plurilingüe o negativo). También es posible su solicitud por vía postal indicando la dirección de remite y un teléfono de contacto. En cuanto a la obtención por vía telemática (https://sede.mjusticia.gob.es), dependerá de la incorporación de cada Registro Civil al proceso de informatización.

- Certificado de últimas voluntades. Se puede pedir de forma presencial en el Ministerio de Justicia (Oficina central de atención al ciudadano o en las Gerencias territoriales), por correo dirigido al Registro General de Actos de Última Voluntad, o por internet (https://sede.mjusticia.gob.es)

- Certificado de seguros con coberturas de fallecimiento. Se puede solicitar por vía electrónica completando el formulario disponible en https://sede.mjusticia.gob.es. La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos quince días hábiles desde la fecha del fallecimiento. No obstante, si el óbito es anterior a abril de 2009 o se inscribió en un juzgado de paz, habrá que pedirlo de forma presencial o por correo, aportando el certificado literal de defunción.

Paso 2. Obtención de una copia autorizada del testamento

Una vez conocida la situación testamentaria del fallecido a través de los certificados descritos en el punto anterior, habrá que acudir a la notaría indicada en el de últimas voluntades y solicitar una copia autorizada o compulsada del testamento. Este trámite se puede realizar personalmente por el heredero o legatario o a través de un apoderado.

Existe la posibilidad de gestionar la solicitud vía correo postal, acompañándola de firma legitimada, certificado de defunción y de últimas voluntades.

Paso 3. Declaración de herederos

En el supuesto de que en el certificado de últimas voluntades se establezca que el fallecido no realizó testamento, será necesario acudir a una notaría (en los supuestos de que exista grado de parentesco) o al juzgado de primera instancia (si no hay vinculación familiar) para solicitar una declaración de herederos.

La declaración de herederos abintestato deberá realizarse en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, donde estuviera la mayor parte de su patrimonio, o en el lugar en que hubiera fallecido.

Será necesario igualmente contar con dos testigos para que el notario pueda levantar acta declarando la condición de heredero.

Paso 4. Inventario de bienes y deudas que componen la herencia

Esta etapa del proceso tiene como finalidad conocer los bienes que dejó el fallecido y la manera de repartirlos, para lo cual habrá que hacer un inventario en el que se establezcan los bienes que forman el patrimonio hereditario.

Respecto a los bienes inmuebles, su localización se puede llevar a cabo solicitando notas de bienes a nombre del fallecido en el registro de la propiedad. También se puede verificar la existencia de propiedades mediante certificaciones catastrales.

Para los saldos bancarios, el procedimiento a seguir no será otro que acudir a las distintas entidades bancarias donde tenía cuenta abierta el fallecido para que certifiquen el saldo existente al momento del fallecimiento.

La última declaración del IRPF del fallecido puede ser una buena fuente de información para saber en qué entidades hay abiertas cuentas, depósitos u otros productos financieros.

En cuanto a los vehículos, el lugar para obtener la certificación de titularidades vigentes será la jefatura provincial de tráfico del lugar del fallecimiento.

El ajuar doméstico o bienes muebles del fallecido se suele adjudicar al cónyuge viudo, sin tener en cuenta joyas ni objetos de valor extraordinario. No obstante, fiscalmente se valora en el 3% del valor total de la herencia, a menos que los interesados establezcan un valor inferior o acrediten su inexistencia o su inferior valor.

Paso 5. Documento de partición de herencia

También llamado cuaderno particional, en él se recoge la identificación de todos los interesados en la herencia, el inventario de bienes, así como las posibles deudas del fallecido y las adjudicaciones que se hacen a cada heredero o legatario.

Este documento debe ser firmado por todos los interesados ante notario si fuera necesario.

Paso 6. Liquidación de impuestos

Aunque el plazo para la liquidación del Impuesto sobre sucesiones y donaciones es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento, durante los cinco primeros meses de dicho plazo se puede solicitar una prórroga por otros seis meses adicionales ante el órgano autonómico competente (Consejería de Hacienda), ya que se trata de un tributo estatal cedido. Además, existen diferencias, a veces bastante notables, en cuanto a las tarifas y los beneficios fiscales aplicables en función en función de la comunidad autónoma en la que se tribute.

Otra exacción fiscal que interviene en las sucesiones hereditarias, cuando existe transmisión de inmuebles, es el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, también conocido como Plusvalía municipal. Este tributo se liquida en el ayuntamiento del lugar donde radique cada bien inmueble adjudicado en la herencia y la cuota depende de los años transcurridos desde la anterior transmisión de la propiedad y de las bonificaciones aplicables por cada municipio.






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viernes, 22 de septiembre de 2017

El otoño comienza en el Dolmen de Soto

El 22 de septiembre de este 2017 se produce el cambio estacional de verano a otoño. Es un momento cargado de simbolismo y de referencias mitológicas. Uno de los lugares más especiales para recibir el otoño es el Dolmen de Soto, en Trigueros (Huelva), donde se espera la llegada del Milagro del Sol. .



Se trata del momento en el que el primer rayo de sol comienza a iluminar la galería del monumento hasta alcanzar el fondo de la cámara funeraria.



Eso se produce tanto en el equinoccio de otoño como en el de primavera.









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sábado, 16 de septiembre de 2017

Memoria de la temporada 2016 en Cádiz

Los datos recabados por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz en su memoria anual de la temporada taurina 2016 desvelan que en el año 2016 se han celebrado en la provincia de Cádiz un total de 70 espectáculos taurinos (incluyendo corridas, festejos populares, novilladas, festivales, etc.), 5 más que en 2015 cuando fueron 65.

En concreto, el número de corridas de toros ha sido de 18, frente a las 12 de 2015 y las 15 de 2014. Esta cifra supone un considerable aumento del 50% en la cifra de estos festejos durante la pasada temporada, y hay que remontarse al año 2011 para encontrar valores similares. Lejos de las cifras actuales siguen quedando los registros de años como 2007 con 40 corridas, 2008 con 34, 2009 con 30, o las 24 de la temporada 2010. Los municipios que han albergado corridas de toros durante el pasado año han sido: Algeciras (2), Arcos (1), Los Barrios (1), El Puerto de Santa María (3), Jerez (2), La Línea (1), Sanlúcar (4), San Fernando (1), San Roque (1), Tarifa (1) y Ubrique (1).

Además de las corridas, han tenido lugar una novillada picada y dos sin picar, tres espectáculos de rejoneo, dos festivales, dos espectáculos mixtos y 42 festejos taurinos populares.

Los espectadores estimados que han asistido a las corridas de toros en las plazas de la provincia durante 2016 ascienden a 78.473 frente a los 69.619 del año 2015, lo que supone un aumento de casi el 13%.

Las localidades que más festejos han acogido han sido El Puerto de Santa María con siete eventos y Sanlúcar y Paterna con cinco cada una; y el mes en el que se han celebrado más espectáculos ha sido el de agosto con un total de 25.

En materia de clases prácticas con reses de lidia la provincia sigue siendo una referencia a nivel andaluz, con 24 clases prácticas en la provincia.

Como viene siendo habitual en otras temporadas, las ganaderías de la provincia han sido las que más intervenciones han tenido en los diversos festejos taurinos. Así, las ganaderías más lidiadas durante 2016 son La Palmosilla (5 corridas) y Salvador Domecq (3). La Palmosilla también ha sido la ganadería con más presencia en el resto de espectáculos, incluidas las sueltas, con un total de 24 eventos.

También como todas las temporadas, las grandes figuras del toreo han pisado el albero de los cosos de la provincia de Cádiz. Los matadores de toros que más actuaciones han tenido en la provincia han sido David Galván (8 actuaciones), seguido de El Fandi y López Simón con seis actuaciones cada uno.

En cuanto a los empresarios, los más festejos han organizado han sido los concesionarios de las plazas de toros de El Puerto (Equltauro, S.L) y el de la plaza de toros de Sanlúcar y Ubrique (Espectáculos Carmelo García, S.L.U), ambos con siete espectáculos cada uno.

Por último, durante el año 2016 se han incoado un total de 11 expedientes sancionadores. De ellos, siete han sido a espectadores o asistentes de sueltas, tres han sido a empresarios, y uno a un ganadero por falta de identificación de una res.








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sábado, 29 de julio de 2017

¿Donación o herencia?

¿Dejar en herencia una vivienda para que las personas más cercanas puedan disfrutar de tu bien cuando ya no estés o ayudar a tus queridos mientras sigas vivo y donarla?. Decantarse por una u otra opción depende de muchos factores, entre ellos, la situación familiar o social en la que cada uno se encuentre. Uno de los elementos relevantes es la conveniencia económica de una de las dos opciones frente a la otra.

El planteamiento correcto es que solo debe donarse aquello de lo que puedes prescindir sin afectar a tu calidad de vida, excepto si tu hijo tiene una auténtica necesidad que, a través de la donación, pretendes colmar. Hay que ponderar los riesgos para la salud financiera. Pero, ¿cuáles son las ventajas y las desventajas de las donaciones y de las herencias? ¿Y qué obligaciones conllevan?

La donación obedece a un acuerdo voluntario entre la persona que cede la vivienda y el contrayente, sin mediar precio.

Algunas veces los donantes se reservan algún derecho sobre la vivienda a la que renuncian. En muchos casos se trata del usufructo, un pacto según el cual el usufructuario puede seguir disfrutando de la vivienda mientras viva, aunque ceda a otra persona la titularidad, en este caso llamada nuda propiedad. El nudo propietario podrá disponer plenamente del bien solo una vez haya fallecido el usufructuario.

Si no se acuerda algo distinto, el régimen general del usufructo prevé que los gastos por el disfrute de la vivienda, como luz, agua, gastos ordinarios de comunidad o IBI, le corresponden al usufructuario. Los gastos extraordinarios, por el contrario, serán del nudo propietario, con ciertas compensaciones, en determinados casos. Existen sin embargo algunas excepciones debido a las distintas regulaciones previstas en algunas Comunidades Autónomas.

En el caso de una donación, quien adquiere la vivienda deberá abonar no solo el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU, la llamada plusvalía), sino también el Impuesto de donaciones. Solo algunas Comunidades Autónomas (Madrid, Castilla-La Mancha, Murcia, Canarias y Baleares) prevén bonificaciones de este tributo. Si un hijo de 30 años recibe de su padre 800.000 euros en efectivo, pagará por este impuesto 200 euros en Canarias, pero 208.000 euros en Andalucía, las regiones en las que el tributo resulta más económico y más caro, respectivamente.

Una donación tributa donde resida la persona a la que va destinada, pero en el caso de las donaciones de inmuebles, se pagará en función de donde estos bienes estén ubicados.

El donante también tendrá que echar cuentas con Hacienda y no podrá librarse del fisco por el mero hecho de haber cedido la vivienda sin contrapartida económica. Por el contrario, se verá obligado a integrar en la declaración de la renta la ganancia patrimonial derivada de la vivienda de la que se desprende, como si se tratara de una compraventa. Al no haber intercambio de dinero en una donación, este aspecto se olvida erróneamente, y luego sorprende.

La donación de una vivienda puede ser ventajosa por dos razones. Por la eventual bonificación en el impuesto sobre donaciones y porque quien la recibe se asegura en el acto la recepción de lo donado. Se evita así que la persona que dona pueda cambiar voluntad y reflejar este cambio en sus disposiciones testamentarias o que sencillamente venda la vivienda que podría donar.

El donante, por el contrario, tiene que ser consciente de que, al regalar la vivienda, la pierde, y que puede ocurrir que el donatario no la utilice según sus deseos. Si la donación se hace en favor de hijos menores, el régimen de disposición de los bienes, aunque estos sigan controlados por los padres, es distinto y puede requerir determinadas autorizaciones judiciales.

Por lo general, las herencias son menos gravosas que las donaciones. En la mayoría de Comunidades Autónomas la tributación en caso de transmisión mortis causa suele ser significativamente inferior que en caso de transmisión a través de donación en vida. No obstante, en la Comunidad de Madrid, por ejemplo, existe una bonificación en la cuota marginal del 99% del impuesto sobre las donaciones de padres a hijos. Y si el bien donado es un inmueble con una antigüedad de más de 25 o 30 años el impacto del IRPF para el donante se reducirá drásticamente gracias a una serie de reducciones fiscales. Lo mismo ocurre en caso de donación de la vivienda habitual con reserva de usufructo para el donante.

Entre otras excepciones, solo ciertas donaciones de padres a hijos destinadas a la adquisición de una vivienda habitual pueden equiparar su fiscalidad al de su adquisición mediante herencia. Existen también relevantes reducciones fiscales aplicables en todo el Estado en caso de donación y herencia de acciones en empresas familiares.

A diferencia de lo que ocurre en una donación, junto con los bienes que se heredan se transmiten también las deudas. El hecho es que, en la mayor parte del territorio español, el heredero responde no solo con lo heredado sino también con lo propio por las deudas del fallecido, así que es muy importante calibrar el pasivo del difunto.

En este caso también, el heredero deberá abonar tanto el impuesto sobre la plusvalía como el de sucesiones. La cuantía de este tributo, una vez más, dependerá de la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido o aquella en la que haya permanecido más días durante los cinco años previos al fallecimiento. Si un soltero de 30 años hereda bienes de su padre por 800.000 euros, la Comunidad Autónoma en la que más tributará por la sucesión será Andalucía, con 164.000 euros. La región en la que menos abonará por este concepto, por el contrario, será Canarias, con 134 euros. No habrá ninguna consecuencia en el IRPF.

En resumen, en principio es más ventajoso heredar, pero ¿quién sabe cómo queda la legislación fiscal cuando una persona fallezca?.






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martes, 18 de julio de 2017

Necrópolis bajo necrópolis

Una excavación arqueológica en una necrópolis visigoda en Sena (Huesca) ha revelado la existencia debajo de un cementerio prehistórico anterior, perteneciente al rito funerario de los Campos de Urnas y que data aproximadamente del año 1.000 aC.

Los restos de cerámica encontrados en el asentamiento pertenecen a un rito importado de pueblos centroeuropeos y que en la península Ibérica se dio de manera casi exclusiva en el noreste.



Los Campos de Urnas, encuentran ubicados en España por Aragón, La Rioja, Navarra, Cataluña y el norte de la Comunidad Valenciana, pertenecen a la época del tránsito de la Edad de Bronce a la Edad de Hierro, que conlleva unos cambios culturales muy relevantes como son el paso a las inhumaciones en la cultura de la muerte. En ese momento dejan de enterrar a los muertos y pasan a incinerarlos. Los meten en urnas pequeñas en un agujero en el suelo, algo que representa uno de los nuevos cambios con las etapas anteriores.



El hallazgo de esta necrópolis prehistórica en el municipio monegrino de Sena ha sido posible gracias al descubrimiento de dos urnas y una tapadera en el mismo lugar en el que se ubicaba el cementerio visigodo del siglo V d.C., objeto original de la excavación.

Existían indicios de que había algún tipo de asentamiento anterior cerca y ahora se ha comprobado que estaba justo debajo de la necrópolis visigoda. En la campaña anterior, la primera en este paraje, ya localizaron en superficie algunos fragmentos de cerámica, elementos que se han conservado precisamente en los espacios que no han tocado las tumbas visigodas, es decir, procedentes de pequeñas urnas entre tumba y tumba.







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domingo, 2 de julio de 2017

Un alcalde aragonés contra la Generalidad catalana

Ildefonso Salillas tiene 55 años. Cuando contaba 33 se convirtió en alcalde de su pueblo natal, Villanueva de Sijena (Huesca), centro del histórico y durante siglos poderoso Señorío de Sijena que controlaban las monjas de la orden de Malta. Ildefonso Salillas era el descendiente de una familia estrechamente ligada a ese monasterio y conocedor, de primera mano, del expolio que había sufrido. A sus 33 años se empeñó en hacer justicia. Tras 22 años de lucha, ha conseguido acorralar a la Generalitat en los juzgados y forzarle a devolver el valioso «tesoro artístico de Sijena».

La batalla de este alcalde de pueblo de Los Monegros -lleva en el cargo ininterrumpidamente desde 1996- ha acabado fructificando justo cuando el independentismo catalán está forzando al máximo su particular máquina secesionista. Por eso, en la Generalitat, los reveses judiciales que les ha ocasionado Ildefonso Salillas desde ese pequeño rincón aragonés les cae no solo como la pérdida de un pleito de obras de arte sino, también, como un batacazo en su órdago separatista.

Hace un par de años, Villanueva de Sijena conseguía que un juzgado de Huesca le diera la razón: declaró ilegales, por notoriamente fraudulentas, las compra-ventas realizadas (y simuladas, según la sentencia) entre unas monjas barcelonesas y la Generalitat. Unas supuestas compra-ventas -en 1983, 1992 y 1994- que culminaron el expolio de un centenar de obras de arte de altísimo valor histórico y cultural que formaron parte del patrimonio del Monasterio de Sijena.

«Nos costó muchísimo desentrañar la trama que rodeó a este caso, pero al final pudimos reconstruir las piezas y demostrar ante el juzgado que fue una operación fraudulenta que contó con el concurso, a lo largo de los años, del Obispado de Lérida, del Arzobispado de Barcelona, de la priora del barcelonés convento de Valldoreix y, por supuesto, de la Generalitat presidida entonces por Jordi Pujol y del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC), controlado también por la Generalitat», explica Ildefonso Salillas.

El hijo del último cantero de las monjas
Ildefonso Salillas conocía de primera mano lo que había en el interior del Monasterio de Sijena, porque su familia, durante muchas generaciones, trabajó al servicio de esa comunidad de religiosas. «Tengo la certeza documental de que, como mínimo, mi familia trabajó al servicio de las monjas, de forma ininterrumpida, desde el padre de mi tatarabuelo». De padres a hijos pasó el título de canteros del convento, los responsables de trabajar la piedra y acometer las reparaciones y obras necesarias en este histórico cenobio. Pero sus funciones iban más allá de estas funciones. Como civiles de plena confianza de las monjas, se encargaban de asistirlas en otras funciones, incluidas «amortarjar a las religiosas que fallecían y enterrarlas», explica Salillas.

Sus antepasados vivieron y sufrieron por el Monasterio de Sijena. Como su bisabuelo, que «murió en 1936, diez días después de que una columna de anarquistas incendiara el monasterio; estuvo diez días sin comer y beber hasta que murió», cuenta el alcalde de Villanueva de Sijena.

Expolio con un camión de mudanzas
Conocedor de primera mano de lo que fue y lo que había en este cenobio, supo cómo se fue fraguando el expolio del «tesoro artístico» desde 1969. Primero, cuando en diciembre de aquel año el obispo de Lérida ordenó a las monjas que se marcharan a Barcelona para dejar vacío el convento y llevar a cabo obras de rehabilitación. Unas semanas después, el Obispado ilerdense -al que por entonces pertenecía Villanueva de Sijena- mandaba un camión de mudanzas para llevarse decenas de piezas de valor en dos viajes, con un cura como supervisor, «mosen Tarragona, recuerdo que se llamaba».

Pocos años después murió en su «exilio» barcelonés la útima priora que había tenido el Monasterio de Sijena. Y el «tesoro artístico» jamás regresó.

En 1996, nada más llegar a la Alcaldía con 33 años de edad, Ildefonso Salillas dirigió una carta al Obispado de Lérida para reclamarles el centenar de obras de arte desaparecidas. Fue entonces cuando les argumentaron que se habían vendido a la Generalitat y al MNAC. Lejos de darse por satisfecho, Salillas empezó a mover cielo y tierra para que aquello no quedara así. Empezó una batalla judicial en la que -recuerda- al principio le hacían poco caso. «Mi miraban como si estuviera loco, como si fuera un inconsciente por intentar plantar batalla legal contra la todopoderosa Generalitat de Cataluña del todopoderoso Jordi Pujol», rememora.

14 años de litigio en el Tribunal Constitucional
El caso dio sus primeros pasos jurídicos en 1998. Y acabó saltando al Tribunal Constitucional, que tardó 14 años en resolver sobre el litigio por la aspiración aragonesa a ejercer el derecho de tanteo y retracto sobre esa colección artística que había comprado la Generalitat. El Tribunal Constitucional, en una tardanza que marcó un récord absoluto de demora en resolver un caso, determinó que Aragón no tenía derecho a ejercer el tanteo y retracto. Pero aquella misma sentencia puso sobre la pista de una vía jurisdiccional civil que, a la postre, permitió destapar flagrantes ilegalidades cometidas en el trasiego catalán de ese centenar de obras de arte aragonesas.

En 2015, la Justicia sentenció en primera instancia que las compra-ventas formalizadas por la Generalitat de Jordi Pujol y por el MNAC fueron nulas de pleno derecho, por ilegales: se realizaron de tapadillo, sin los preceptivos permisos oficiales del Estado, sin una correcta autorización del Vaticano... Además, hasta se duda abiertamente de que hubiera sido realmente una compra-venta, porque nunca han aparecido los justificantes de pago que debía haber aportado la Administración catalana.

El caso está recurrido por las autoridades de Cataluña. Pero, mientras tanto, Salillas -en una extensa batalla judicial desplegada por el abogado Jorge Español- ha conseguido que se fuerce a la Generaltiat y al MNAC a devolver las 97 obras de arte objeto del litigio. Tras reiterados ultimátums judiciales, hace un año regresaron a Villanueva de Sijena 51 de esas piezas. Ahora, bajo amenaza de encausarlo por lo penal, la jueza de Huesca que lleva el caso ha ordenado al consejero catalán de Cultura, Santi Vila, que disponga lo necesario para que el 30 de julio vuelvan a Villanueva de Sijena otras 44 obras de arte que faltan de esa misma colección. Y, además, se siguen buscando otras dos piezas que el MNAC dice haberlas perdido. Incomprensiblemente, hace meses que reconoció al juzgado que están extraviadas.

Las valiosas pinturas murales
Veintiún años después de que emprendiera aquella tarea desde un pequeño rincón de la geografía aragonesa, Ildefonso Salillas no oculta su satisfacción por lo conseguido, y su agradecimiento por el acierto con el que el abogado Jorge Español ha conseguido hacer doblar la rodilla a la Generalitat ante los tribunales. Y no solo con el «tesoro artístico de Sijena», sino también con las valiosas pinturas murales que igualmente fueron arrancadas de ese viejo cenobio, que se conservan en el barcelonés MNAC -presume de ellas como parte destacada de sus fondos artísticos- y que la justicia también ha ordenado que regresen a su emplazamiento original en Los Monegros.

Ildefonso Salillas reconoce que esta larga, intensa y difícil batalla judicial co
ntra el Gobierno catalán ha sido no solo un empeño en nombre de todo un pueblo, sino también una tarea respaldada por la motivación personal de la memoria de su familia, por su estrecha vinculación histórica con el Monasterio de Sijena.

Al final, el hijo del último cantero de las monjas ha hecho justicia, a costa de exasperar al independentismo instalado en la Generalitat desde un pueblo de Los Monegros que tiene poco más de 500 vecinos empadronados.

Cronología de un conflicto

Enero de 1970. El tesoro de Sijena es sacado de su histórico monasterio cuando este enclave aragonés pertenecía a la Diócesis de Lérida -dejó de estarlo en 1995-. La Generalitat adquirió las 97 obras de arte del tesoro de Sijena entre 1983 y 1994, pero la Justicia ha determinado que fue una operación ilegal.

1998. Arranca el litigio promovido por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena para que Cataluña devuelva a su histórico monasterio su tesoro artístico y sus valiosas pinturas murales.

9 de abril de 2015. Se hace pública la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huesca que da la razón a Villanueva de Sijena. El fallo declara ilegales y nulos los acuerdos de compraventa con los que la Generalitat se apropió del tesoro de Sijena. La Generalitat y el MNAC recurren la sentencia.

12 de junio de 2015. El mismo juzgado oscense ordena a las autoridades catalanas que devuelvan ya el tesoro de Sijena, con carácter provisional hasta tanto haya nueva sentencia al recurso de apelación.

27 de julio de 2016. Tras varios desacatos, la Generalitat acepta devolver una parte del tesoro de Sijena, las 51 piezas que estaban en el barcelonés MNAC. Da por extraviadas otras dos obras de arte que no han llegado a aparecer.

25 de julio de 2017. Expira un nuevo ultimátum dado por el juzgado 1 de Huesca para que la Generalitat devuelva las 44 piezas de Sijena retenidas en el Museo de Lérida. Acaban procesados penalmente los exconsejeros catalanes de Cultura Santi Vila y Lluís Puig.

11 de diciembre de 2017. Tras una nueva orden judicial, las fuerzas de seguridad del Estado entran en el Museo de Lérida para hacer cumplir la legalidad, intervenir las obras de Sijena y trasladarlas a Aragón.





















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